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MAXES CULTURA

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL ANIMAL

La Liga Internacional de los Derechos del Animal adoptó en 1977 y proclamó el 15 de octubre de 1978 la siguiente Declaración Universal de los Derechos del Animal, posteriormente aprobada por la UNESCO y por la ONU.
Preámbulo

Considerando que todos los animales poseen derechos.
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de estos derechos han llevado y llevan al hombre a cometer atentados contra la naturaleza y contra los animales.
Considerando que el reconocimiento por la especie humana del derecho a la existencia de otras especies animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies de todo el mundo.
Considerando que los genocidios son perpetrados por el hombre y amenazan con seguir produciéndose.
Considerando que el respeto a los animales por el hombre es vinculante al propio respeto entre los hombres.
Considerando que la educación ha de proporcionar en la infancia la observación, comprensión, respeto y afecto con respecto a los animales.
Proclamamos lo siguiente
Artículo 1

Todos los animales nacen iguales ante la Vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo 2
Todo animal tiene derecho al respeto.
El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a otros animales, o de explotarlos violando este derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo 3
Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad.
Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no comportará angustia alguna para la víctima.
Artículo 4
Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libremente en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo acuático, y a reproducirse.
Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo 5
Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.
Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a este derecho.
Artículo 6
Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo 8
La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, o de cualquier otra forma de experimentación.
Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de angustia o dolor.
Artículo 10
Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo 11
Todo acto que implique la muerte del animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo 12
Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo 13
Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
Las escenas de violencia en las que los animales son víctimas deben ser prohibidas en el cine y la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo 14
Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben estar representados a nivel gubernamental.
Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
Insertado 27/05/2006
http://www.lapatriagrande.net/05_sociedad/animales/derechos_del_animal.htm

Historia CULTIVOS INVADEN TORO MUERTO

Cultivos invaden Toro Muerto

Arequipa.– En el ardiente desierto del sur del Perú, sobre una rinconada del distrito de Uraca, a cinco kilómetros del valle de Majes, se ubica Toro Muerto, donde más de tres mil rocas volcánicas grabadas surgen de las arenas como mensaje de nuestro pasado, hoy vulnerado por la constante depredación de tierras a causa de la habilitación de nuevos cultivos en la misma zona arqueológica.

A casi un año de la denuncia hecha por el investigador de este santuario arqueológico, Eloy Linares Málaga, nada se ha hecho por revertir la situación. Los daños todavía son ocasionados por los agricultores y la constante irrigación de tierras de cultivo en el sector uno de la localidad de Mariano Melgar, debido a una ley emitida durante el gobierno del ex presidente Alberto Fujimori.

A ello se ha sumado el turismo no vigilado, que es, en opinión del arqueólogo Pablo de la Vera Cruz Chávez, muy dañino, pues diariamente y de manera indiscriminada las personas atentan contra estas reliquias históricas que carecen de cercos protectores.

Sin embargo, la destrucción de estos petroglifos no sólo se da en la actualidad. Desde la época de la Colonia en 1722, los españoles consideraron a estas rocas como piedras del demonio, por lo que destruyeron uno de los lugares más representativos del mundo sagrado de los antiguos peruanos.

Historia

Hace mil quinientos años, los sacerdotes del imperio Wari acudían a Toro Muerto –considerado en un congreso arqueológico realizado en La Habana-Cuba, en 1976, como el depositario de petroglifos más grande del mundo– para encontrarse con sus dioses, brindarles rogativas, cantarles sus anhelos y confiarles sus penas.

En cada piedra habitaba el alma e imagen de sus antiguos espíritus. Esas figuras logradas con golpes o rayaduras en la superficie rojiza del sillar, expresan de manera estética su cosmovisión .

En estos bloques de rocas, cuyo origen se remonta al período geológico denominado Plioceno, se conserva el espíritu del felino, que está presente como si nos mirara desde la roca con su cara volteada, y del cóndor, ser supremo del mundo sur andino, que extiende sus alas en la parte superior de los paneles figurativos, como si gobernará a las serpientes, los peces y los hombres allí representados.

Ellos mismos también se representaron durante la realización de sus rituales mágicos y ofrendas a sus apus (dioses), y figuran danzando con máscaras, tocados o coronas de espinas, con sus cabellos al viento, sus palos de sembrar, sus instrumentos de trabajo o sus lanzas de guerra.

Además, se pueden apreciar las extenuantes caravanas de llamas que llegaban a Toro Muerto a través de los arenales y los sembríos regados por zigzagueantes cursos de agua, cuya existencia en el desierto fue de vital importancia, según los diversos investigadores que desde finales del siglo XIX contribuyeron al conocimiento de estos petroglifos.

Trámite en la UNESCO

Después de 22 años de arduo trabajo entre arqueólogos e investigadores, una pequeña luz de esperanza ha surgido para Toro Muerto. El 29 de enero pasado, el INC del Perú, vía Resolución Directoral N° 037, declaró a los petroglifos Patrimonio Cultural de la Nación.

Fortunato Turpo Choquehuanca, director regional del INC-Arequipa, dijo que el título es el primer paso para conseguir que la Unesco lo declare Patrimonio Cultural de la Humanidad, así como para lograr un apoyo económico que permita conservar y proteger tan importante santuario.

Las gestiones en la Unesco tienen un avance del 40 por ciento con el levantamiento del plano topográfico e inventario de los restos que hasta el momento realiza Pablo de la Vera Cruz Chávez.

Con este trabajo y con la inscripción de la zona en los Registros Públicos, en dos meses más la funcionaria de la Unesco en París, Carmen Negrín, concretaría la tan ansiada declaratoria.

Sin lugar a dudas, Toro Muerto debe ser conservado, ya sea por entidades internacionales o nacionales para que las generaciones futuras puedan, mediante sus visitas, realizar un viaje al pasado místico de nuestros ancestros.

La magia que envuelve a este lugar toma por las tardes, todavía permite percibir las antiguas danzas y rogativas। Cuando el calor calma, un tibio aire cautiva a los visitantes. A lo lejos, el Sol se oculta en el horizonte y deja dormir a cada una de las rocas grabadas de Toro Muerto en espera de un futuro respeto a nuestro pasado.

http://www.elperuano.com.pe/edc/02/03/18/nac_.htm

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Majes Corire, Febrero del 2,007.
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